Ahora es mucho más fácil donar y podrás contribuir con la cantidad que desees, es decir, tanto 0,50 céntimos como 2 euros ¡cualquier cantidad será bienvenida!
Recuerda:
Como somos una ONG, recibimos el 100% de tu donación.
Hoy en día, la mayoría de las App de las entidades bancarias tienen la opción de BIZUM activada.
Si no encuentras la opción de hacer BIZUM, consulta el apartado «transferencia», suele estar ahí.
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Ve a tu App móvil del banco y selecciona la opción BIZUM (suele estar en el apartado transferencias)
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Ventajas fiscales
La Fundación Sevilla Acoge está acogida a la Ley 49/2002 – de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Tanto las personas físicas como las jurídicas (empresas) tienen beneficios fiscales por las donaciones que realicen a entidades sociales acogidas a la referida ley.
Las personas físicas que donen a las entidades sociales acogidas la Ley 49/2002 tienen los beneficios fiscales mencionados en los artículos 17,18 y 19 de la Ley 49/2002, y sus modificaciones posteriores si las hubieren.
Las empresas que donen a las entidades sociales acogidas la Lay 49/2002 tienen los beneficios fiscales mencionados en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 49/2002, y sus modificaciones posteriores si las hubieren.
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